Según el artículo 46 del Reglamento (UE) 2016/679, a falta de una decisión de adecuación por parte de la Comisión, los responsables o encargados del tratamiento podrán realizar transferencias de datos a terceros países u organizaciones internacionales sin necesidad de autorización de la AEPD cuando ofrezcan garantías adecuadas si son aportadas (señale la respuesta incorrecta):